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Héroes Nacionales de Nicaragua

SARGENTO ANDRÉS CASTRO


 Por el año de 1831 nació Andrés Castro en la ciudad de Managua. Era hijo legítimo de Regino Castro y de Javiera Estrada, de las familias autóctonas de Managua. De regular estatura, color moreno. Desde sus primeros años le gustó la cuestión de la milicia, y a los 23 años se enroló en las filas de don Fruto Chamorro y luego en las del general Tomás Martínez. Siempre fue arrojado en los hechos de armas, y principalmente en la acción librada el 21 de octubre de 1855, en Tipitapa, donde fue ascendido al grado de sargento.

Le gustaba tocar la guitarra y entonaba canciones de aires alegres, propias de los campesinos; cultivaba la tierra con dedicación y ahínco.

LA ACCION DE SAN JACINTO

En el parte oficial de José Dolores Estrada se hace constar que “El valiente soldado Andrés Castro, cuando le faltaron tiros para dispararlos con su rifle de piedra de chispa, con una de las piedras del corral le quitó la vida a uno de los americanos, asaltantes del corral de madera de la hacienda San Jacinto, levantando el ánimo de los patriotas nicaragüenses, testigos de tan importante hazaña”. Andrés Castro recibió un balazo en una pierna, que lo dejó renco para toda la vida. Cuando este combate, tenía 25 años.

Después de la gloriosa acción de San Jacinto, Castro adquirió una finquita situada en los alrededores de Managua, cerca del antiguo Hospital El Retiro. En diciembre de 1856 contrajo matrimonio con una joven capitalina llamada Gertrudis Pérez. De esta unión matrimonial hubo dos frutos. La hija mayor se avecindó en la República de Costa Rica. Allí se casó. Se llamaba Esmeralda.

LA MUERTE DE ANDRES CASTRO

El general José Dolores Estrada acostumbraba visitarlo cuando vivía en Managua en su casa de habitación, que quedaba en una esquina a una cuadra al Poniente del Banco Nacional. Enfrente había una pulpería llamada “Selva”. Alrededor de la mesa-comedor se agrupaban, y se ponían a contar cosas de la Guerra Nacional, mientras tomaba pinol de una jícara bien labrada. Se cuenta que en esta su casa dio de vivir a un matrimonio joven.

El marido se llamaba Eusebio García, y comenzó a sentir celos, por los cortejos constantes de Castro a su joven esposa.

Un día de tantos le hizo cargos, y Andrés Castro le contestó en aquel su lenguaje sencillo, por tradición se sabe que hubo el siguiente diálogo: “Ideay, hombré. Teniendo yo mi ‘Trompuda’ para qué voy a enamorar a tu ‘Trompuda’ ”. Pero el marido se dio por ofendido y no le creyó.

Una vez, cuando Andrés Castro iba para una finca en las Sierras de Managua, el hombre lo espió y le dio muerte, atacándolo por la espalda.

Así murió en 1876 uno de nuestros héroes nacionales. Fue enterrado en el Panteón de San Pedro, cerca del Parque 11 de Julio de Managua. El gobierno estuvo pasando una pensión a su viuda hasta que ésta murió.

En el kilómetro 40 de la Carretera Panamericana está el Monumento consagratorio de la valerosa acción del sargento Andrés Castro.

Luce airoso su gesto a la entrada de la histórica Hacienda San Jacinto.

Rolando Alfonso Delgado C.
Pico de Oro
Matagalpa


 DECRETO


DECLARACION DE HEROES NACIONALES A ENMANUEL MONGALO, ANDRES CASTRO Y JUAN SANTAMARIA

Decreto No. 1123 de 20 de octubre de 1982

Publicado en La Gaceta No. 251 de 27 de octubre de 1982

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades y con fundamento del Arto 23 del Decreto No. 388 del 2 de mayo de 1980,

Hace saber al pueblo nicaragüense:

UNICO:

Que aprueba las reformas hechas por el Consejo de Estado en su sesión ordinaria número diecisiete del nueve de septiembre de mil novecientos ochenta y uno al Decreto que declara Héroes Nacionales a Enmanuel Mongalo, Andrés Castro y Juan Santamaría, el que ya reformado íntegra y literalmente se leerá así:
Considerando:

I

Que en la gran lucha emprendida por el pueblo nicaragüense para librarse de la dominación y el vasallaje impuestos por las agresiones de nuestra soberanía, nuestra nacionalidad y aún de nuestra existencia como República, ha habido destacados combatientes, verdaderos hijos del pueblo, que no dudaron en ofrecer sus vidas por la defensa de nuestra Patria;

II

Que la intervención filibustera de 1855, que trató de arrebatar la soberanía a Nicaragua y a los demás países de Centroamérica, fue rechazada gracias al heroísmo y la entrega de humildes hijos del pueblo, artesanos como Andrés Castro, maestros de escuelas como Enmanuel Mongalo y campesinos como Juan Santamaría, venido de Costa Rica a luchar contra el invasor;

III

Que el pasado mes de septiembre se conmemoró el ciento veinticinco aniversario de la jornada heroica conocida como "Guerra Nacional" emprendida por los auténticos hijos del pueblo en contra del filibusterismo expansionista norteamericano.

POR TANTO:

en uso de sus facultades

Decreta:

Artículo 1.-Decláranse Héroes Nacionales a Andrés Castro y Enmanuel Mongalo.

Artículo 2.-En homenaje al heroico soldado centroamericano que con vocación internacionalista luchó al lado del pueblo de Nicaragua en la gesta contra el invasor yanqui declárase Héroe Nacional al soldado costarricense Juan Santamaría.

Artículo 3.-Este Decreto entrará en vigencia a partir de su divulgación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su ulterior publicación en "La Gaceta” Diario Oficial.

Es conforme. POR TANTO: Téngase como Ley de la República. Ejecútese y publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECON9TRUCCIÓNN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.

 Fuentes:
 

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